Conoce y ejerce sus derechos con responsabilidad.
En el Ecuador, la Ley de Propiedad Intelectual, en el Código Integral Penal, la Decisión 486 de la Comunidad Andina, el Convenio de Paris, entre otros, brindan a los titulares de los derechos exclusivos de una marca para evitar que terceros puedan usarla en el comercio. Estos derechos incluyen:
- El derecho de oponerse a los intentos de terceros de registrar marcas similares.
- A través de la IEPI, un titular puede iniciar una acción para evitar una infracción por imitación de marca y hacer que el infractor cese inmediatamente el uso de la marca.
- En el caso de una falsificación directa, el titular puede solicitar a la IEPI una inspección al presunto infractor y luego una resolución que puede ser una multa de $500 – $100.000 y la cesación del acto.
- El titular además puede iniciar un proceso administrativo penal para solicitar daños y perjuicios en la que la multa puede llegar hasta $104.000 si logra demostrar daños y perjuicios.
En el caso de nombres comerciales, existe una excepción en la ley que otorga a empresas los derechos sobre su marca aún si ésta no ha sido registrada. Dicha empresa puede oponerse a que otro use su nombre y ganar el uso exclusivo de éste si logra demostrar una trayectoria comercial en la que el nombre o la marca figuran de manera prominente en todas sus actividades comerciales y papelería como facturas.
Para la Dra. Susana Vázquez, Subdirectora Regional del IEPI en Cuenca, es importante recordar que todos estos derechos también vienen acompañados de responsabilidades. La empresa o titular del registro debe estar al tanto sobre su fecha de caducidad y tener a la mano los documentos del registro. La protección que se otorga dura 10 años y hay un período de 6 meses antes o después como máximo para renovar el registro. “Si el titular no renueva su registro dentro de los 6 meses, un tercero puede tomarse la marca y el IEPI no puede detenerlo.”
Para muchas empresas, la acción de proteger su marca o lema comercial de cualquier uso indebido o falsificación forma parte de su estrategia empresarial. “No se trata necesariamente de un tema de costos, sino de proteger su innovación y evitar que se diluya su marca”, comenta la Dra. Vázquez.
Para Nutri, una empresa productora de lácteos y otras bebidas saludables, un primer encuentro con falsificación de su marca hace más 15 años los llevó a trabajar de la mano con un equipo de asesores y la Corporación Mucho Mejor Ecuador para vigilar y bloquear cualquier futuro intento de suplantación. El Ing. Carlos González, gerente, aconseja que una empresa deba ejercer con criterio su derecho a solicitar una oposición para evitar que un tercero use su marca. “Es primordial considerar si la marca que desea ingresar o establecerse al país produce los mismos productos o pertenece a la misma industria, y si realmente afectará su negocio. No es aconsejable oponerse a todo.”